¿Qué empresas están exentas de pagar utilidades este 2023?
- Despacho Hyh
- May 9, 2023
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Después de la declaración anual el reparto de utilidades serán el tema de mayor frecuencia entre los mexicanos, sim embargo no todas las empresas están obligadas a otorgar este monto a sus trabajadores, la Ley Federal del Trabajo y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen que las empresas que generan utilidades están obligadas a repartir una parte de éstas entre sus trabajadores. Sin embargo, existen ciertas excepciones a esta regla.
A continuación, te presentamos las empresas que no están obligadas a repartir utilidades:
Empresas que tienen pérdidas
Según el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, "las empresas que tengan pérdida fiscal en el ejercicio fiscal correspondiente no estarán obligadas a participar en la entrega de utilidades". Es decir, si una empresa no genera utilidades durante el año fiscal, no tiene la obligación de repartir una parte de estas entre sus trabajadores dado que no existen utilidades o bien aquellas empresas que sus ingresos no hayan superado los $300,000 pesos anuales tampoco estarán obligadas a realizar el reparto.
Empresas de nueva creación
Las empresas que tienen menos de un año de haber sido creadas no tienen la obligación de repartir utilidades durante su primer año fiscal. El artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo establece que "las empresas de nueva creación estarán exentas de la obligación de repartir utilidades durante el primer año de funcionamiento". De esta forma, las empresas pueden concentrar sus recursos en su crecimiento y desarrollo durante su primer año

de operación. De igual manera aquellas empresas que se encuentren generando un nuevo producto en su primer año también estarán exentas de hacer el reparto entre sus trabajadores.
Empresas con menos de 10 trabajadores
Las empresas que tienen menos de 10 trabajadores tampoco están obligadas a repartir utilidades, siempre y cuando no generen utilidades durante el año fiscal. El artículo 123, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que "las empresas que tengan menos de diez trabajadores tendrán la obligación de repartir a éstos el 10% de las utilidades que obtengan, siempre y cuando éstas existan". Esta disposición protege a las pequeñas empresas que aún no tienen la capacidad financiera para repartir utilidades.
Empresas agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas
Las empresas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura tampoco están obligadas a repartir utilidades, siempre y cuando reinviertan el monto correspondiente en el mantenimiento o mejora de sus instalaciones y equipo. Según el artículo 123, fracción XI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, "las empresas agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas que reinviertan sus utilidades en la propia empresa tendrán derecho a una deducción adicional". De esta forma, estas empresas pueden seguir invirtiendo en su crecimiento y desarrollo.
Es importante tener en cuenta que estas excepciones deben cumplir con ciertos requisitos y disposiciones de la ley laboral para aplicar. Además, es fundamental que las empresas conozcan sus obligaciones y derechos en materia de reparto de utilidades, y que consulten con un abogado laboral para evitar incumplimientos o sanciones.

En conclusión, las empresas que no generan utilidades durante el año fiscal, las empresas de nueva creación durante su primer año fiscal, las empresas con menos de 10 trabajadores que no generen utilidades, y las empresas agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas que reinviertan sus utilidades en la propia empresa.
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