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Facturación 4.0, ¿tienes lo necesario?



¿Ya sabes qué es el CFDI 4.0? Aquí encontrarás la guía con toda la información sobre esta actualización para la emisión de facturas este año.

Este 2022 entró en vigor una nueva versión de facturación electrónica en México: el CFDI 4.0, con el que el SAT busca responder al principio de simplificación de procesos inmerso en la Miscelánea Fiscal 2022.


Este nuevo formato del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI 4.0) sustituyó a la versión 3.3 que estuvo vigente desde el 2017 y hasta el pasado 31 de marzo del presente año. Y aunque los cambios no son tan profundos, sí deben ser del conocimiento de los contribuyentes, ya que a partir del 31 de marzo del 2023, quienes no se ajusten al nuevo esquema no podrán emitir su factura electronica.

¿Cuáles son estos cambios? ¿Ya son obligatorios? Veamos estos y otros puntos básicos a continuación.


¿Qué es el CFDI 4.0?


El CFDI 4.0 corresponde a la nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet, a través de la cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca:


  • Obtener más detalles sobre la información de los contribuyentes

  • Conocer el Régimen Fiscal al que pertenecen y su actividad económica

  • Fortalecer el timbrado electrónico

  • Mayor control y simplificación de los procesos en sintonía con los principios rectores de la Reforma Fiscal 2022.


¿Cuándo entra en vigor el CFDI 4.0?

El nuevo CFDI 4.0 entró en vigor el 1 de enero del 2022. Sin embargo, el período de transición y convivencia con la factura 3.3 vence hasta el 31 de marzo del 2023, según la prórroga otorgada por el SAT. Quien no se haya ajustado al nuevo formato simplemente no podrá continuar facturando.



¿Cuáles son los principales cambios respecto a la anterior versión? (CFDI 3.3)

En resumen, estos son los cambios que cursan con la entrada en vigencia del nuevo CFDI 4.0.

Podrás corroborar toda esta información en el sitio oficial del SAT.

1. Cambios generales del CFDI 4.0

A partir del 2023, será obligatorio incluir estos elementos en la facturación electrónica:

  • Nombre (o denominación social en caso de ser persona moral) tanto del emisor como receptor, así como su domicilio fiscal.

  • El RFC, régimen fiscal y código postal del receptor, para esto, de preferencía se debera solicitar la cedula de identificación fiscal, mas no será obligatorio para facturar.

  • Campos para informar cuando la operación involucre exportación, incluso si es de carácter temporal.

  • Nuevos campos para informar si la operación que da lugar al CFDI involucra impuestos indirectos.

  • Apartados para reportar datos por facturación al público en general o a cuenta de terceros.

  • La periodicidad, en las facturas globales o de publico en general.

2. CFDI para retenciones e información de pagos

Respecto al comprobante para retenciones que sirve para dejar constancia de este tipo de operaciones e informar pagos en el caso de contribuyentes con residencia en el extranjero, también es objeto de ligeros cambios:

  • Se actualiza a la versión 2.0

  • Será obligatorio indicar nombre y domicilio fiscal del emisor y el receptor

  • Se habilita un nodo que hace posible relacionar a otros CFDI

  • Nuevos campos para indicar el régimen fiscal y lugar de emisión.

3. Complemento para recepción de pagos

El llamado complemento de pago, que se emite junto al CFDI de recepción de pagos en caso de parciales o diferidos, también recibe ciertos cambios:

  • Se actualiza a la versión 2.0

  • Nuevos campos para detallar si los pagos amparados por el CFDI son objeto de impuestos.

  • Se incluye un nuevo campo para indicar importes totales de pagos recibidos, con detalle de impuestos retenidos o trasladados.

4. En cuanto a la cancelación de facturas

Ahora, dentro de un plazo establecido, es posible cancelar los CFDI indicando el motivo dentro de cuatro posibles opciones.

Si se elige la clave 01: Comprobante emitido con errores con relación deberá relacionarse con el folio fiscal del nuevo CFDI que reemplaza al cancelado.



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Prácticas indebidas en la emisión de facturas en 2022

IDC Online nos presenta un resumen de las prácticas indebidas durante la emisión de CFDI, con actualización al 2022 y a partir de lo presentado por el SAT:

  1. Solicitar información de más. Lo necesario para emitir un CFDI son el RFC, nombre o razón social, régimen fiscal y código postal del cliente. Estos datos deben pedirse de forma verbal.

  2. Pedirle un email al cliente.

  3. Aumentar el precio del artículo o servicio cuando haya que emitir factura. El deber es incluir IVA independientemente si se exige factura o no.

  4. Dirigir al cliente o receptor a algún portal para obtener su factura, siendo que esta debe ser emitida en el momento de la operación si así lo necesita el receptor.

  5. Negar un CFDI, aludiendo que este no se emitió al momento de la operación, cuando en la práctica es posible emitirlo en cualquier momento del mismo año fiscal.

  6. Indicar formas de pago incorrectas, distintas a la realmente recibida o registrarla como tal sin que el pago se haya perfeccionado.

  7. Hacer obligatorio la indicación del destino de la factura, siendo posible indicar en el campo respectivo «por definir».

  8. Poner oposición o negar un CFDI cuando el pago se realiza en efectivo.

  9. El no facturar pagos anticipados.






 
 
 

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